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								12 DE OCTUBRE 
								
								  
								
								Día de la Diversidad Cultural |  
							
							
							El 12 de octubre, fecha en la que tradicionalmente 
							se conmemoró la llegada de Colón a América, se 
							promueve un día de reflexión histórica y diálogo 
							intercultural acerca de los derechos de los pueblos 
							originarios. 
						 
							
							
							Anteriormente      conocido como "Día de la Raza", 
							el 12 de octubre, es una fecha utilizada en la 
							Argentina para promover la reflexión histórica    y 
							el diálogo intercultural acerca de los derechos de 
							los pueblos originarios.  En este sentido, en el año 
							2010 el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso 
							un proyecto de ley para modificar el nombre de "Día 
							de la Raza" por "Día de la Diversidad Cultural 
							Americana".
 ¿Qué se conmemora el 12 de Octubre?
 
 El 12 de octubre, conocido anteriormente como Día de 
							la Raza, se conmemora la fecha en que la expedición 
							del genovés Cristóbal Colon llegó a las costas de 
							una isla americana.     De allí comienza el contacto 
							entre Europa y America, y   culmina con el 
							  Encuentro de los   dos Mundos, llegándose   a la 
							transformación  de todas las vidas humanas, europeas 
							y americanas.
 
 De esta  manera,  aquel   12 de octubre de 1492  
							 provocó un   encuentro de culturas   completamente 
							diferentes, modificó la economía mundial y desató 
							cambios demográficos en toda América.
 
 Actualmente con el nombre de    Día de la Diversidad 
							Cultural Americana,    se busca promover desde 
							distintos organismos una reflexión permanente 
							  acerca de la historia   y encaminar   hacia el 
							dialogo para una diversidad cultural, como también 
							allí están en pie la promoción de los Derechos 
							Humanos de nuestros pueblos originarios, como lo 
							marca la Constitución Nacional en su articulado 
							sobre la igualdad de las personas,    dándole la 
							garantía del respeto a la identidad y el derecho a 
							una educación bilingüe e intercultural.
 
 Una verdadera  fecha para recordar,  celebrar y 
							trabajar para el bienestar  de todas las culturas. 
							   Se trata de una fecha que habilita actualmente 
							profundas  reflexiones y debates,  como también 
							 expresa las  reivindicaciones de los pueblos 
							originarios del continente americano.
 
							
							 Cambio en la efeméride: Día de la 
							Diversidad Cultural Americana
 Es muy importante la decisión de cambiar el nombre 
							del feriado del 12 de octubre, ya que el   término 
							utilizado anteriormente (“Día de la Raza”)  es 
							ofensivo y discriminatorio.
 
 Desde hace años se ha venido debatiendo lo que 
							sucedió en nuestro continente con la llegada de los 
							conquistadores en 
							
							1492,  por eso  establecer un feriado donde  se 
							conmemore  el respeto por la diversidad cultural, e 
							s un 
							reconocimiento histórico para con los pueblos 
							originarios
 
 El cambio en el significado del feriado "implica 
							armonizar la legislación nacional con el derecho de 
							los pueblos indígenas, consagrando   y  reconociendo 
							  que los   derechos   humanos tienen   los 
							caracteres de universalidad, 
							
							indivisibilidad e interdependencia",  informaron 
							desde el Instituto Nacional contra la  
							Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
 
 Vale destacar que la Constitución Nacional consagra 
							el derecho a la igualdad en sus artículos 16 y 75, 
							inciso 23; mientras que el artículo 75,   inciso 17 
							  reconoce la   preexistencia étnica   y cultural 
							  de los  pueblos indígenas argentinos, garantizando 
							el respeto a   su identidad y   el derecho   a una 
							  educación bilingüe e intercultural y el artículo 
							75, inciso 22 otorga jerarquía constitucional  a los 
							 instrumentos  internacionales  de derechos humanos 
							allí enumerados, los cuales a su vez consagran en 
							más de una oportunidad el mencionado principio de 
							igualdad y no discriminación.
 
 Cabe mencionar, también, que esta transformación 
							esta en consonancia   con la recomendación   Nº 84 
							del Plan Nacional contra la Discriminación, que 
							aconseja "Transformar el 12 de Octubre en un día de 
							reflexión histórica y de diálogo intercultural".
 
 Fuente: argentina.ar
 
						 
							
							
							
							ARTICULOS DE LA CONSTITUCION NACIONAL QUE TRATAN EL 
							DERECHO A LA IGUALDAD 
							
							
							Artículo 16 
							
							La Nación Argentina no admite prerrogativas de 
							sangre, ni de nacimiento: No hay en ella fueros 
							personales ni títulos de nobleza. Todos sus 
							habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en 
							los empleos sin otra condición que la idoneidad. La 
							igualdad es la base del impuesto y de las cargas 
							públicas. 
							
							
							Artículo 75   
							Inciso
							
							
							17. 
							Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los 
							pueblos indígenas argentinos.  
							
							
							Inciso 22. 
							Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás 
							naciones y con las organizaciones internacionales y 
							los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y 
							concordatos tienen jerarquía superior a las leyes.
							 
							
							La Declaración Americana de los Derechos y Deberes 
							del Hombre; la Declaración Universal de Derechos 
							Humanos; la Convención Americana sobre Derechos 
							Humanos; el Pacto Internacional de Derechos 
							Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto 
							Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su 
							Protocolo Facultativo; la Convención Sobre la 
							Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la 
							Convención Internacional sobre la Eliminación de 
							Todas las Formas de Discriminación Racial; la 
							Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas 
							de Discriminación Contra la Mujer; la Convención 
							Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, 
							Inhumanos o Degradantes; la Convención Sobre los 
							Derechos del Niño; en las condiciones de su 
							vigencia, tienen jerarquía constitucional, no 
							derogan artículo alguno de la primera parte de esta 
							Constitución y deben entenderse complementarios de 
							los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo 
							podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder 
							Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos 
							terceras partes de la totalidad de los miembros de 
							cada Cámara.  
							
							Los demás tratados y convenciones sobre derechos 
							humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, 
							requerirán el voto de las dos terceras partes de la 
							totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar 
							de la jerarquía constitucional.  
							Inciso
							
							
							23. 
							Legislar y promover medidas de acción positiva que 
							garanticen la igualdad real de oportunidades y de 
							trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos 
							reconocidos por esta Constitución y por los tratados 
							internacionales vigentes sobre derechos humanos, en 
							particular respecto de los niños, las mujeres, los 
							ancianos y las personas con discapacidad. 
						 
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